Valores de la Matrícula para el ejercicio profesional correspondientes al año 2024, según Resolución del Consejo Superior del ColProBA. Art. 1º) Fijar la cuota de matriculación para el año 2024, que deben abonar las/los abogadas/os que pertenezcan y/o se inscriban en los Colegios de Abogados Departamentales de la Provincia de Buenos Aires y cualquier otro que como consecuencia de disposición legal pudiera crearse, en ocho (8) jus arancelarios -según Ley 14.967-, al momento del efectivo pago.
Se puede disponer de cuatro (4) cuotas de DOS (2) JUS ARANCELARIOS cada una, con vencimiento:
31 de marzo
30 de junio
30 de septiembre
30 de noviembre
La cuota de matricula que deberán abonar los abogados y procuradores que no superen más de tres años de antigüedad en la matrícula, será del 50% del total.
Se puede disponer en 4 (cuatro) cuotas de 1 (uno) JUS ARANCELARIOS, con vencimientos iguales que los anteriores.
En los casos en que se optare por la cancelación en cuatro cuotas, la falta de pago de la primera cuota hará caducar la extensión del mencionado plazo y tornará exigible la totalidad del importe fijado.