Asistencia Jurídica al Trabajador (AJUTRA)

Inscripción y validación para el Sistema AJUTRA (Asistencia Jurídica al Trabajador)

ANTECEDENTES

El art. 64 bis de la Ley  Provincial 10.149 indica que en aquellos casos en que el trabajador debe iniciar acción judicial al empleador, no podrá patrocinarlo el funcionario que lo hizo en la etapa administrativa, debiendo sortearse un abogado de un listado que proveen los Colegios Departamentales.

El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires celebró con el Ministerio de Trabajo un convenio marco para el cumplimiento de la norma, (CONVENIO MARCO DE COOPERACION ENTRE EL MINISTERIO DE TRABAJO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y EL COLPROBA)  quedando por ende en cabeza de los abogados que se inscriban el asesoramiento jurídico integral al trabajador, desde el mismo momento que el mismo requiere un abogado al Ministerio.

Entendiendo que lo expuesto representa un beneficio de la incumbencia profesional, y de conformidad con lo estatuido por la ley mencionada y lo normado por la ley 5177; el Colegio de Abogados de Lomas de Zamora abrió un Registro de Abogados para la Asistencia Jurídica al Trabajador y ha resuelto llamar a inscripción a sus matriculados

EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA

El trabajador que necesita asesoramiento lo solicita a través de las Delegación del Ministerio de Trabajo o del Colegio de Abogados local, bien vía web desde la página del Ministerio de Trabajo

El sistema realiza automáticamente un sorteo entre todos los profesionales inscriptos, y se los comunica a ambos vía mail.

A partir de allí, si no hay motivo de excusación, comiénzala tarea de asesoramiento, confección de cartas documento, presentación de reclamo administrativo y/o judicial si correspondiere.

El Ministerio dispuso en el sistema un seguimiento del proceso.

Los letrados deberán cargar los datos del avance del conflicto o del proceso administrativo o judicial en su caso.

Luego de finalizado, ya sea por haber satisfecho una consulta, o por acuerdo transaccional o sentencia, el sistema emitirá una encuesta que será respondida por el trabajador calificando los servicios del abogado.

Los honorarios del profesional, tal como lo dispone la normativa que continúa en vigencia, estarán a cargo de la parte empleadora cuando corresponda, conforme a la ley arancelaria.

INSCRIPCION

El matriculado interesado en formar parte de este registro deberá ingresar e inscribirse en la página especial del Ministerio de Trabajo:

www.ajutra.org.ar\abogado

Llenar el formulario de inscripción para lo cual no necesita ni clave ni usuario

Con el comprobante de inscripción, deberá concurrir a la sede del  C.A.D. a fin de requerir la aprobación de la solicitud de inscripción.

(Traer firmada, además, la copia del Reglamento de Funcionamiento que se encuentra más abajo)

El Colegio verificará que el abogado esté matriculado en el mismo, en actividad en ejercicio (Tener abonado todo el año inmediato anterior al año en curso)

Una vez validada esa inscripción por el Colegio comenzará a ser sorteado en los pedidos de consulta y contactado directamente por el trabajador requirente.


FORMULARIOS Y DOCUMENTOS PARA DESCARGA

Instructivo para Abogados

Reglamento de Funcionamiento (Imprimir y firmar)

Convenio entre Colproba – Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires

Protocolo Complementario del Convenio

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