FIRMA DIGITAL – GRAL. JUAN MADARIAGA

FIRMA DIGITAL
GRAL. JUAN MADARIAGA

Continuando con las visitas a diferentes localidades del Departamento Judicial; el día jueves 23 de diciembre de 2021 a las 15hs, estaremos realizando el trámite de firma digital, en el SUM Municipal. Ubicado en la calle H. YRIGOYEN Nº 347, 1º piso.

FIRMA DIGITAL FIRMA ELECTRÓNICA
Amplía la incumbencia y las posibilidades de actuación profesional especialmente en el ámbito extrajudicial Limitada al sistema de la SCBA
Asegura la indubitable autoría e integridad del documento en los términos del artículo 288 CCC El firmante debe probar su autoría en caso de ser cuestionada.
Se puede utilizar válidamente en toda actuación o transacción Se limita al ámbito de la SCBA
Sin límites de vigencia territorial Se limita al ámbito de la SCBA

 

REQUISITOS A TENER EN CUENTA:

  • Se realizará en el SUM Municipal. Ubicado en la calle H. YRIGOYEN Nº 347, 1º piso.
  • El trámite es presencial y gratuito. Debe concurrir con DNI y token.
  • Si su dispositivo criptográfico (token) no cumple con los requisitos de seguridad solicitados por ONTI, deberá adquirir uno nuevo. Valor $3.500
  • Únicamente con turno, por email a firmadigital@colabdol.com.ar
  • Cupo limitado.

 

Alcance internacional de la firma digital 

Resolución 436/2018 – (Acuerdo con Chile)

ARTICULO 1º. — Apruébese el acuerdo de reconocimiento mutuo de certificados de firma digital suscripto con fecha 2 de Noviembre de 2017 entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la REPÚBLICA DE CHILE, que acompaña como Anexo IF-2018-31943585-APN-SECMA#MM, que forma parte integrante de la presente resolución.

 Acuerdo MERCOSUR 11/19: (Argentina, Brasil, Uruguay, Paraguay)

ARTÍCULO 1 OBJETO 1. El presente Acuerdo tiene por objeto el reconocimiento mutuo de certificados de firma digital, emitidos por prestadores de servicios de certificación acreditados o certificadores licenciados, a los fines de otorgar a la firma digital el mismo valor jurídico y probatorio que el otorgado a las firmas manuscritas, de conformidad con el respectivo ordenamiento jurídico interno de cada Parte.

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