Reanudación progresiva de plazos y servicios por medios tecnológicos en la Administración de Justicia

En el marco del «aislamiento social, preventivo y obligatorio», cuya observancia compromete la salvaguarda de la salud pública, la Suprema Corte de Justicia dispuso, mediante Resolución Nº 480/20, proseguir el camino hacia fases progresivas de moderada agregación de servicios a través del uso de los medios tecnológicos disponibles y en la medida que no impliquen afluencia o traslado de personas a sedes judiciales.

Se reanudan progresivamente los plazos y el servicios de Justicia Provincial.
a) Hasta el 10 de mayo continúa la prorroga del asueto judicial  (Resol. 380/2020).-

b) El 29 de abril del 2020 se reanudan los plazos para el dictado de resoluciones, sentencias y notificaciones  por medios digitales en los fueros Civil y Comercial, de Familia, Laboral, Contencioso Administrativo y de Paz.-

c) A partir del 6 de mayo se estableció la reanudación de plazos para realizar presentaciones electrónicas y actos procesales compatibles con las restricciones vigentes en razón de la pandemia.-

d) En el Fuero de Familia continua su actividad bajo las normas de emergencia . Se mantiene la limitación de iniciar nuevos procesos a excepción de los casos urgentes y.o que les pueda operar la prescripción.-

e) Mediando petición de parte y salvo determinados actos, los órganos judiciales podrán autorizar en atención a las circunstancias  y según su discreción el uso de herramientas tecnológicas accesibles para la realización a distancia de actos procesales.-

f) El Fuero Penal y Penal Juvenil continua su actividad bajo las normas de emergencia. Sin embargo se permitirá la sustanciación y decisión de los procedimientos de juicios abreviados y la suspención de juicios a prueba en la medida que los medios tecnol´gicos disponibles lo permitan. Con personas privadas de su libertad se permitirá el sistema de videoconferencias.-

g) Se reglamentó el sistema de teletrabajo.

En el marco del «aislamiento social, preventivo y obligatorio», cuya observancia compromete la salvaguarda de la salud pública, la Suprema Corte de Justicia dispuso, mediante Resolución Nº 480/20, proseguir el camino hacia fases progresivas de moderada agregación de servicios a través del uso de los medios tecnológicos disponibles y en la medida que no impliquen afluencia o traslado de personas a sedes judiciales.

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