REGISTRO DE LAS PERSONAS: DOCUMENTOS ELECTRONICOS

Adjunto Res. SCBA con respecto a: Res. 856/19, se establece que a partir del 6 de mayo de 2019 todos los órganos judiciales deberán confeccionar indefectiblemente los documentos judiciales dirigidos al Registro de las Personas de la provincia de Buenos Aires, utilizando los textos de los modelos que se incorporen al sistema de gestión judicial.

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Una Respuesta a REGISTRO DE LAS PERSONAS: DOCUMENTOS ELECTRONICOS

  1. binance dice:

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